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Para las provincias que estén en Fase 1 de desescalada

El Boletín Oficial del Estado ha publicado el 10 de mayo la Orden TMA/400/2020, de 9 de mayo, por la que se establecen las condiciones a aplicar en la fase I de la desescalada en materia de movilidad y se fijan otros requisitos para garantizar una movilidad segura.

Aunque la Comunidad de Madrid permanezca en fase 0, a partir del lunes 11 de mayo, la citada Orden introduce modificaciones aplicables a todo el territorio nacional, y por tanto, a nuestro territorio.

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Un gran abrazo de parte del equipo de Tenorio y Castro Asesores.

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